Cambios en la ley concursal. El gran salto de 2017

Cambios en la ley concursal. El gran salto de 2017

Durante todo el periodo de crisis económica que ha vivido España hemos podido constatar la poca eficacia de la Ley concursal. Apenas el  8% de las empresas que entran en concurso de acreedores logra salir con éxito del mismo, y no siempre es culpa de la empresa, en ocasiones, la ley tampoco ayuda mucho.

El pasado mes de marzo y sin apenas hacer ruido salió a la luz la propuesta de real decreto legislativo por el que se aprueba el texto refundido de la ley concursal. Era un clamor a voces entre economistas, abogados, consultores estratégicos y asesores. A lo largo de los últimos años, la ley ha acumulado cambios, añadidos y modificaciones que al final han “enredado”  la ley de tal manera que muchas veces su interpretación se ha hecho bastante difícil. Os adjunto en PDF el texto íntegro en el siguiente enlace:

TEXTO-REFUNDIDO-DE-LA-LEY-CONCURSAL-06-03-2017

Ángel Rojo y objetivos del texto.

Uno de los principales encargados de alumbrar el texto refundido ha sido Ángel Rojo, catedrático de Derecho Mercantil y uno de los especialistas más reconocidos en Derecho Concursal a nivel nacional. Ha desarrollado su labor a través de la Comisión General de Codificación que es el órgano encargado de la elaboración del documento.

El objetivo del texto refundido de la ley concursal es acabar con los vacíos que todavía hay en la ley, las contradicciones y el desbarajuste organizado por la sucesión de modificaciones de la misma a lo largo de los últimos años, de manera que quede coordinado, bien definido, fácil de interpretar y que mejore las garantías del procedimiento concursal.

Cambios más significativos.

Sin entrar a una valoración del documento muy profunda (creo que todavía es pronto para juzgarlo adecuadamente), sí que se aprecian novedades muy significativas, algunas de las cuales son las siguientes:

  1. La nueva ley concursal tendrá el triple de artículos que la anterior. En concreto, el texto refundido dispondrá de 751 artículos frente a los 242 anteriores. Con esto se pretende que cada tema o materia venga recogido en libros, capítulos y artículos independientes, evitando así que diferentes cuestiones se aborden en un mismo precepto. Esto ocurre va a ocurrir por ejemplo en los artículos 64, 71 bis, 100, 149, 176 bis y 178 bis, que ahora toman entidad propia.
  2. El preconcurso de acreedores y sus características se abordan en un libro independiente (LIBRO II). El preconcurso es una de las bazas más interesantes de la ley concursal a la hora de reflotar una empresa en crisis pero hasta ahora venía escuetamente definida en el artículo 5 bis. Sin embargo, a partir de la reforma, la cuestión del derecho preconcursal se abordará en una sección independiente, extensa y bien definida. ¡Ya era hora!
  3. Se abordan normas de derecho internacional en el último libro (LIBRO III). Existía un Reglamento europeo sobre procedimientos de insolvencia (Reglamento 2015/848) y por lo tanto había que coordinarlos y darles coherencia sobre todo a la hora de abordar los acuerdos extrajudiciales y los acuerdos de refinanciación. En este sentido, creo que la ley por fin a tenido en cuenta el reglamento europeo a la hora de su redacción.
  4. Concursos de grupos societarios. Una de las novedades más interesantes en esta ley es la inclusión de un capítulo para el concurso de acreedores de grupos empresariales. Los grandes concursos acaecidos durante el periodo de crisis económica (Abengoa, Martinsa, Pescanova, etc.) han demostrado mucha complejidad de ejecución. En este sentido, la nueva ley intenta ayudar concretando el proceso para concursos en grupos de empresas.

Como último dato, cabe señalar que el texto refundido de la ley concursal se empezará aplicar a todos procedimientos concursales y preconcursales que se inicien a partir del 26 de junio de este año. Esperemos que este nuevo reglamento sea un gran salto hacia adelante en la legislación concursal y que su aplicación cambie las nefastas estadísticas hasta ahora acumuladas hasta el día de hoy.

Si tu empresa se encuentra en un mal momento y necesitas asesoramiento, no dudes en mandarme un email a través del formulario de contacto de este blog. Somos especialistas en gestión de crisis y concurso de acreedores.

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