Uncisa entra en concurso necesario

Uncisa entra en concurso necesario

La compañía compostelana Uncisa Construcciones e Infraestructuras SA ha sido declarada en concurso de acreedores por el tribunal de La Coruña. En concreto, Uncisa ha entrado en concurso necesario.

El tribunal ha acordado la intervención de las facultades de Administración y disposición que ejercerá la administración concursal. Para dicho cargo, se ha designado a Jorge Muñoz Consultores, S.L.P., y en su nombre y representación a don Jorge Muñoz Roig con DNI n.º 22537293F. Se da el caso de que el administrador concursal cuenta con domicilio profesional en Valencia.

El preconcurso no fue suficiente para reflotar la compañía

Uncisa Construciones e Infraestructuras SA había presentado preconcurso de acreedores a finales de septiembre. Cuando la constructora abrazó esta fórmula se encontraba inmersa en las obras de la Comunidad de Ciudad y Tierra de Segovia, así como de la Ciudad de la Justicia de Badajoz. Sin embargo, los tres meses más otro adicional de margen que otorga esta figura no han sido suficientes para que la empresa saldara sus deudas o enderezara su situación.

Uncisa, antes denominada Unika Proyectos y Obras S.A.U, había obtenido importantes adjudicaciones de las administraciones públicas. En 2015 recibió encargos de 2,6 millones de euros, en 2016 ascendieron a 129.000 euros, en 2017 fueron de 1,7 millones y en 2018 los encargos alcanzaron un valor de 1,6 millones, sin contar la Ciudad de la Justicia pacense. Algunas de ellas implicaron trabajos de remodelación en algunas estaciones de la línea 5 del metro de Madrid, la ampliación de controles de seguridad en el Aeropuerto Adolfo Suárez Madrid-Barajas, reformas en residencias, mejoras en algunos institutos, etc.

El nombre de la firma compostelana -entonces como Unika- apareció hace unos años vinculado al caso Pokémon, por la relación de la compañía con Ángel Espadas, imputado en dicho caso. No obstante, en junio de 2018 se resolvió que no había habido tráfico de influencias en relación con la constructora y la investigación fue archivada.

Las peculiaridades del concurso necesario

Quizás no estés demasiado familiarizado con la figura del concurso necesario. En ese caso, me gustaría recordarte que se trata de aquel impulsado por uno de los acreedores legitimados en virtud del artículo 3.1 de la Ley Concursal. Sería una operación muy diferente el concurso voluntario, puesto que este último es instado por el propio deudor.

Un concurso necesario puede ser solicitado por un acreedor si no ha obtenido su crédito en los seis meses anteriores a la presentación a la solicitud y a título singular tras su vencimiento. También pueden instarlo los socios de una persona jurídica si son responsables personales de sus deudas, aunque esta alternativa se da con menor frecuencia.

Para que se inste un concurso necesario es condición sine qua non que la empresa sea insolvente, es decir, que no pueda hacer frente a los pagos de la mayoría de los acreedores. Además, la insolvencia se puede indicar por otros factores, como la liquidación o el alzamiento apresurado de los bienes del deudor, el incumplimiento de obligaciones tributarias o que haya embargos.

En este artículo puedes consultar las ventajas del concurso necesario para quien lo insta y las desventajas para quien lo recibe. Puedes contar con Dipcom Corporate si te has visto en esta situación, pero también si quieres evitarla. Somos especialistas en procedimientos concursales y preconcursales y contamos con un alto porcentaje de éxito en el reflotamiento de negocios gracias a un método propio testeado durante los últimos 12 años. Si quieres saber más, no dudes en ponerte en contacto conmigo a través del siguiente formulario.

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