El administrador concursal. La ley les exigirá formación y capacidades

El administrador concursal. La ley les exigirá formación y capacidades

La ley concursal está en tela de juicio y se espera que la misma se modifique durante el primer semestre de este 2018. El Congreso de los Diputados dio el pasado mes de noviembre su beneplácito a una resolución que pide al Gobierno su reforma -para facilitar su supervivencia a las empresas- en un plazo de seis meses. Sin embargo, uno de los aspectos que se quieren endurecer en la próxima ley concursal son los requisitos exigidos para ejercer administrador concursal.

La ASPAC homogeneizará la regularización y los requisitos

En octubre ASPAC (Asociación Profesional de Administradores Concursales) emitió sus quejas contra una directiva de la Comisión Europea que podría homogeneizar las distintas regulaciones del Viejo Continente para la segunda oportunidad previa al concurso de acreedores. Uno de sus reclamos fue que se llevara a cabo una mayor regulación de su profesión y que se endurecieran los requisitos para poder actuar como administrador concursal.

La ASPAC y que el organismo ha propuesto al Ministerio de Economía de cada a la futura normativa en España veta que cualquiera pueda ejercer de esta figura.

Luis Martín, presidente de la asociación, aseguró hace unos meses que en España había demasiados administradores concursales y que un endurecimiento de la ley concursal podría reducir la cifra. Se estima que en este momento existirían unos 22.000, sin embargo, el máximo responsable de la ASPAC no tuvo reparos en señalar que casi la mitad de los administradores no han visto un concurso en su vida. Martín cree que con los requisitos que proponen solo pasarían el filtro unos 300 profesionales.

Administrador concursal. Requisitos claros

ASPAC reclama que algunos de los requisitos para ser administrador concursal tienen que ser tanto la necesaria la inscripción en el registro público y  también que esta solo debe ser posible en el caso de tener una titulación en la rama económica o jurídica. También habla de disponer de al menos un lustro de trayectoria profesional en la abogacía o como economistas colegiados. Asimismo, será necesario aprobar una prueba de aptitud profesional y disponer de un seguro de responsabilidad civil.

La ley óptima para la asociación debería incluir que los Estados miembros garanticen que cada administrador concursal que haga frente a una insolvencia o reestructuración tiene que haber disfrutado de formación inicial y complementaria. Esto será esencial para que presten su labor imparcialmente, eficazmente y con independencia.

Igualmente, desde ASPAC abogan para que el nombramiento y la revocación de cada administrador concursal se haga con justicia y transparencia y que para la selección se consideren tanto la experiencia como los conocimientos de los profesionales. En esta línea proponen que estos sean designados según las dimensiones del concurso y defienden la creación de una clasificación que divida entre concursos de acreedores pequeños, medios y grandes.

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Reportaje EL PAÍS
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