La Ley Concursal y su futuro a corto plazo

La Ley Concursal y su futuro a corto plazo

La Ley Concursal o normativa concursal española podría cambiar sustancialmente durante la primera mitad de 2018, incluso más de lo que lo hizo cuando se aprobó la ley de segunda oportunidad en 2015. A comienzos del mes de noviembre .el Congreso de los Diputados dio el sí a una resolución que insta al Gobierno a llevar a cabo en un intervalo de seis meses (a contar desde el pasado 16 de noviembre) una reforma de la Ley Concursal que contemple los concursos de acreedores como una segunda oportunidad para las empresas, más que como un proceso de liquidación estructurado.

Hasta la fecha esta medida se veía como un estigma, algo lógico teniendo en cuenta que la gran mayoría de empresas que se han sometido al concurso acaban cerrando más pronto o más tarde. Desde el inicio de la crisis se estima que más de 50.000 han entrado en concurso de acreedores y pocas han podido superarlo.

La Ley Concursal que se propone habla de proporcionar más fórmulas para que se produzcan los acuerdos entre la compañía involucrada y sus acreedores.

Concurso de acreedores personal: Grandes cambios

Por otro lado, en los concursos de acreedores personales, una de las novedades que se quieren añadir es la de la dación en pago de una vivienda como una forma de cancelar deudas. Esto estaría pensado para los deudores más vulnerables. Pese a la dación pueden vivir en dicho domicilio durante tres años con un alquiler no superior al 30% de los ingresos de la unidad familiar. Otro de los aspectos que la propuesta recoge es declarar algunos derechos inembargables, como pueden ser la prestación por desempleo en su modalidad no retributiva, prestaciones familiares de la Seguridad Social, ayuda a la dependencia, subvenciones, ayudas y becas otorgadas por las Administraciones Públicas por gastos realizados, así somo rentas mínimas de inserción de las CC.AA.

Por otro lado, se hace especial hincapié en adecuar la legislación tributaria y de la Seguridad Social para que las deudas contraídas por los particulares con estos entes puedan ser consideradas dentro del proceso concursal.

La Ley Concursal que podría venir también incluye la eliminación de la provisionalidad. Hasta ahora si daba una mejora económica por herencia, donación o juego de azar en un particular el mecanismo quedaba sin efecto. Asimismo, se quiere reducir a tres años (actualmente son cinco) el plazo para el control de pymes y autónomos.

Otro punto interesante es una consideración especial para aquellos deudores con personas dependientes a su cargo. Es decir, que cuiden de al menos un menor de edad o persona en situación de dependencia. En estos casos se extendería el mecanismo de segunda oportunidad.

Por último, se reducirían los votos necesarios para la aprobación de acuerdos extrajudiciales. Al revisar el régimen de mayorías esto ayudaría a que los acuerdos que se establecen en la fase de negociación no sean tan escasos.

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Reportaje EL PAÍS
Asesor para empresas en crisis

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