Hoy hablaremos de las fases del concurso de acreedores. En el blog ya hemos desarrollado en varias ocasiones como funciona el concurso de acreedores, una figura a la que pueden acogerse aquellas empresas que se encuentren en situación de crisis y se enfrentan a una falta de liquidez en la que les resulta muy difícil asumir sus deudas. Este proceso jurídico se inicia cuando una persona física o jurídica declara su insolvencia y recoge tanto quiebras como suspensiones de pago.
Aunque es un procedimiento bastante común que se ha incrementado durante la crisis económica, según los últimos datos del Instituto Nacional de Estadística (INE) durante el tercer trimestre de 2017 hubo en España 766 concursos de acreedores, lo que implica una caída del 16,1% respecto al mismo cuarto del año pasado. Asimismo, el INE habla de 975 deudores en dicho intervalo, con un 12,4% menos que en el Q3 de este ejercicio.
La Ley Concursal establece tres fases del concurso de acreedores:
- Fase común o de tramitación- En esta etapa se realiza la declaración del concurso y en el caso de que sea necesario, se van a llevar a cabo medidas cautelares. También, se va a designar un administrador concursal. Esta persona es nombrada por el juez encargado del concurso y va a sustituir a los órganos directivos de la compañía. Durante la fase común también se determina la masa activa y la masa pasiva. Dentro de la primera se incluyen los bienes patrimoniales de la empresa concursada antes y después de la solicitud del concurso. Mientras tanto, la masa pasiva se refiere a los créditos o deudas que la empresa con acreedores. La obligación de éstos es informar a la administración concursal de los mismos para que se los reconozca.
- Fase de convenio– El inicio de esta fase está supeditado a una resolución judicial que ponga fin a la fase de tramitación. El deudor puede hacer una propuesta anticipada de concurso de acreedores por la cual podría ponerse fin al concurso. Al menos será necesario que un porcentaje determinado de los acreedores la acepten y, asimismo, debe confirmarla un juez. Se tiene que comprobar su cumplimiento.
- Fase de liquidación– En esta etapa se lleva a cabo la apertura de la liquidación por una solicitud del deudor, acreedor o bien del propio administrador concursal. Una vez se solicita, el juez dicta auto abriendo la fase. Hay un deber de que la fase de convenio pase a ser de liquidación cuando no se cumple el convenio o las obligaciones contraídas. Además, también se puede convertir a ésta cuando se prevea un incumplimiento aunque aún no haya sucedido.
Las tres fases no siempre son sucesivas
Aunque lo más común es seguir esta estructura, estas tres fases no son siempre sucesivas. Hay algunos casos determinados en los que la fase común y la de convenio se llevan a cabo en paralelo al realizarse un anticipo de la liquidación con ciertos acreedores. Otras veces, la segunda fase es directamente la de liquidación, ya que no se produce un acuerdo con los acreedores.
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Dipcom Corporate, expertos en reestructuración empresarial
Metodología para reflotar empresas en concurso de acreedores