Juicio Monitorio. 4 consejos para que sea efectivo

Juicio Monitorio. 4 consejos para que sea efectivo

Como ya expliqué hace unos meses en un artículo de este blog el juicio monitorio es un proceso ágil y sencillo de reclamación de cantidades vía juzgado sin necesidad de disponer de abogado ni procurador. Por esta razón, el coste para el demandante se reduce considerablemente.

Pero en este post no voy a reiterarme en el funcionamiento del juicio monitorio, sino que trataré de ofrecer algunos breves consejos para ejecutarlo con éxito.

1.- Sé rápido presentado el procedimiento monitorio

Ten presente siempre la siguiente máxima:El primero que reclama es el primero que cobra. No te dejes embaucar con buenas palabras y promesas de pago. Como casi siempre ocurre, el moroso te pedirá paciencia o querrá renegociar plazos más flexibles de pago. No entres en el juego,… si el deudor quiere negociar, primero inicia el juicio monitorio y una vez interpuesto negocia con él, y nunca al revés.

2.- Sé riguroso y preciso en la presentación del juicio monitorio

Procura ser meticuloso en la presentación de la demanda de procedimiento monitorio. En ella, no te olvides de identificar al demandante y al demandado, así como sus respectivos domicilios sociales. También deberás describir los hechos adecuadamente y aportar la documentación que acredite la existencia de la deuda: facturas, albaranes, emails, faxes, etc. Cualquier omisión u error conllevará requerimientos y subsanación de errores por parte del juzgado que pueden alargar innecesariamente el proceso. Si vas a presentarlo sin la asistencia de un abogado, lo mejor es que utilices una plantilla estándar. A continuación, adjunto en formato PDF un modelo de procedimiento monitorio que puedes usar:

Documento PDF: Modelo monitorio

procedimiento-monitorio

3.- Solicitud de ejecución. Pónselo en bandeja al Juez

Si el demandado no se ha ejercido oposición al juicio monitorio ni ha pagado dentro del plazo de 20 días, podrás instar al Juez la ejecución del mismo. Si desconoces o no tienes constancia de los bienes que dispone el deudor puedes solicitar que localicen e investiguen sus bienes a través del juzgado. Sin embargo, es aconsejable que trates de orientar al juez sobre los bienes que pueda tener el deudor. Si se lo pones en bandeja al juez, será mucho más rápido en embargar bienes y derechos. Te pongo algunos ejemplos:

  • Si sabes que el deudor tiene coches, camiones o furgonetas solicita al juez que pida a la Jefatura Provincial de Tráfico que emita una certificación acreditativa al juzgado sobre los vehículos que tenga inscritos, para su posterior embargo.
  • Investiga si el deudor dispone de bienes inmuebles. En la actualidad puedes obtener esta información a través de la web oficial del registro de la propiedad (regitradores.org), solicitando una nota simple online. Es un servicio ágil que tarda un día como máximo en procesar la solicitud y tiene un coste de 9 € por inmueble.
  • Averigua quienes son los principales clientes de tu deudor. Una vez localizados insta al juez a embargar los saldos que dispongan. Para ello, tendrás que indicar al juzgado no solo el nombre de los clientes sino también su domicilio social y el CIF / NIF de cada uno de ellos. Vuelvo a insistir, ¡pónselo en bandeja al juez!. Si logras identificar y localizar a varios de ellos, el juzgado les enviará una carta solicitándoles que informen sobre los saldos que mantienen con el deudor y requiriéndoles su embargo.
  • Por último, solicita a la oficina de averiguación patrimonial que indague sobre los bienes y derechos que pueda disponer el deudor. Actualmente esta oficina está en desuso y ahora la labor de rastreo suele desempeñarla el Secretario a través de las diferentes bases de datos a las que tiene acceso el juzgado. Son muy útiles en caso de desconocer los bienes del deudor ya que pueden acceder a hacienda, tesorería de la seguridad social, tráfico y registro de la propiedad, así como rastrear saldos en cuentas bancarias.

4.- No pierdas el tiempo si el deudor se encuentra en concurso de acreedores

El juicio monitorio pierde totalmente su eficacia en el momento en que el deudor entra en concurso de acreedores. Durante el proceso concursal las deudas reclamadas se integran en el pasivo y quedan a expensas del juzgado mercantil, del administrador y de la prelación de pagos que dicta la ley concursal: En resumen, … instar el procedimiento monitorio en medio de un concurso de acreedores no sirve para mucho.


Si necesitas asesoramiento legal sobre un juicio monitorio o cualquier otro tipo de procedimiento de reclamación de deudas, no dudes en ponerte en contacto conmigo a través del formulario de contacto de este blog. Tanto mi equipo en Dipcom Corporate como yo podemos orientarte y ayudarte en la reclamación de deudas. Incluso en concurso de acreedores.

Deja un comentario

1 Comment

  1. […] Insta un juicio monitorio.- Si la vía amistosa te falla, puedes optar por el procedimiento monitorio. Este es un proceso muy sencillo que no necesita de abogado ni de procurador. Es barato, sencillo y en ocasiones una fórmula rápida de recobro de cantidades. He escrito varios artículos en este blog sobre el tema; en ellos os cuento algunos consejos útiles para llevarlo a cabo con éxito. […]

Enviar un comentario

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.