El Congreso exige una Ley Concursal más sensata

El Congreso exige una Ley Concursal más sensata

Hace un par de meses os expliqué en este blog las principales novedades que ha introducido el Gobierno en la Ley Concursal a través del real decreto legislativo que aprobó en marzo. También os indiqué que esos cambios en el texto refundido de dicha ley serían aplicables a partir del pasado 26 de junio…

Pues bien, justo al día siguiente (el 27 de junio), el Congreso instó al Gobierno a presentar en el plazo de medio año una propuesta de Ley Concursal, por decirlo de algún modo, más sensata y sostenible con la situación particular de los deudores. La iniciativa presentada por Ciudadanos, que contó con el voto contrario del PP, fue pactada con el PSOE, Unidos Podemos y sus confluencias, y respaldada por ERC, PdeCAT, PNV y Nueva Canarias.

¿Qué pide el Congreso?

Lo que el Congreso exige al Gobierno de Rajoy es una reforma de esta norma que siga el espíritu de la Ley de Segunda Oportunidad, aprobada hace ahora dos años y de la que ya os hablé también en este blog. Se trata, en esencia, de que la legislación sea menos inflexible y más sostenible con empresarios y personas que no pueden hacer frente a sus deudas por su precaria situación personal.

Básicamente, lo que demandan los grupos parlamentarios es que la futura Ley Concursal incluya una serie de condicionantes que faciliten la exoneración del pasivo insatisfecho al deudor (siempre que sea una persona o autónomo). Y el primero de esos condicionantes es que no cuente con bienes o ingresos suficientes para afrontar dichas deudas o que tenga a su cargo tanto a menores de edad como a mayores dependientes. Todo ello, siempre que haya destinado a su plan de pagos al menos una cuarta parte de sus ingresos considerados inembargables.

Otras medidas adicionales

La propuesta aprobada por la Comisión de Economía, Industria y Competitividad del Congreso también sugiere que los pagos pendientes a Hacienda y la Seguridad Social se puedan negociar en el marco del acuerdo extrajudicial de pagos, cosa que ahora no ocurre, y así quedar fuera del pasivo insatisfecho por el deudor. Y también se reclama que los jueces la facultad puedan acordar de oficio la exoneración del pasivo insatisfecho, sin necesidad de que el deudor la pida.

La reforma que demanda el Parlamento también solicita que la nueva Ley Concursal equipare los porcentajes necesarios para aprobar un acuerdo de pagos extrajudicial con los que se necesitan para dar luz verde al convenio en los concursos de acreedores. En general, el objetivo  de la reforma sería, como explicaba al inicio, beber del espíritu de la Ley de Segunda Oportunidad, cuyo principal objetivo era suprimir burocracia y hacer más eficiente la legislación existente.

Y precisamente por eso, esta propuesta del Congreso también solicita eliminar el actual plazo de cinco años durante el que los acreedores pueden reclamar las deudas que ya han sido declaradas exoneradas. En este sentido, exigen que el periodo de control de las personas naturales o pymes deudoras para poder declarar la exoneración definitiva del pasivo insatisfecho no supere, en ningún caso, los tres años.

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Se incluye la dación en pago

Mucho se ha hablado en los últimos años de la dación en pago de la vivienda habitual… Tanto, que los grupos que apoyan esta reforma han decidido incluirla en su propuesta. En concreto, piden flexibilizar los requisitos que permiten a los deudores más vulnerables cancelar sus deudas mediante esta fórmula, pero permitiéndoles seguir ocupando su vivienda durante un periodo de tres años a cambio de un ingreso que no superará el 30% de los percibidos por su unidad familiar.

Pasado ese plazo, los grupos parlamentarios favorables a la reforma también exigen que al producirse la ejecución de la vivienda habitual se realice obligatoriamente una nueva tasación de la misma, que en ningún caso podrá estar por debajo de la que sirvió de base para la concesión del préstamo hipotecario. En definitiva, se trata de acabar con la situación de indefensión que llevó a algunos emprendedores a perder su casa y, pese a ello, seguir endeudados.


Mi equipo en Dipcom Corporate y yo tenemos nuestras energías puestas en que tanto la futura Ley Concursal como la Ley de segunda oportunidad aprobada en 2015 ayuden a empresarios y emprendedores, que se han visto afectados por la crisis, a salir del pozo y empezar de nuevo. De hecho, nosotros mismos gestionamos la exoneración de deudas perpetuas a empresarios, autónomos y personas particulares mediante la misma. Ponte en contacto conmigo a través del formulario de contacto este blog si quieres más información.

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