Las dos caras del concurso necesario: ¿quién gana y quién pierde?

Las dos caras del concurso necesario: ¿quién gana y quién pierde?

Existe una gran diferencia entre el concurso de acreedores voluntario y el concurso necesario. Hasta ahora, en entradas anteriores hemos puesto énfasis en el concurso voluntario y las ventajas de presentarlo en el momento oportuno. Sin lugar a dudas, es la mejor opción para las empresas que no pueden hacer frente a sus deudas. Pero cuando no se produce y hay una imposibilidad de llegar a un acuerdo, es importante abrir nuevos cauces para la empresa en conflicto. Debemos ponernos en la piel de los acreedores; el concurso necesario es una salida eficaz para cobrar sus deudas. Se obtienen, además, considerables ventajas para quienes lo presentan. A continuación, presento algunas claves sobre el concurso necesario.

¿Qué es el concurso necesario?

El concurso necesario de acreedores es aquel solicitado por uno de los acreedores legitimados en virtud del artículo 3.1 de la Ley Concursal. Estamos ante una operación muy diferente el concurso voluntario, ya que este último, como sabemos, es instado por el propio deudor.

¿Qué circunstancias deben confluir para que el acreedor inste un concurso necesario?

Un acreedor puede solicitar ante el Juzgado de lo Mercantil la declaración del concurso de acreedores cuando no ha  obtenido su crédito en los 6 meses anteriores a la presentación de la solicitud y a título singular después de su vencimiento. A su vez, puede ser instado por los socios o miembros de una persona jurídica, que sean personalmente responsables de las deudas de la misma, aunque este caso se da de forma menos común.

Siempre que una empresa se encuentre en situación de insolvencia los acreedores pueden instar ante el juez el concurso necesario. Ahora bien, hay otros elementos a tener en cuenta. Deben cumplirse ciertos requisitos para que la demanda sea admitida por el juez.

    1. La empresa debe ser insolvente. La Ley Concursal entiende por la insolvencia del deudor  la imposibilidad de hacer frente a los pagos. No basta, sin embargo, con que la empresa haya dejado de pagar a un acreedor, tiene que haber dejado de pagar a la mayoría de ellos, lo que forma más técnica se conoce como el sobreseimiento general en el pago corriente de las obligaciones del deudor.
    2. El juez ordenará a la empresa presentar sus cuentas. Además del impago hay otros factores que indican esta insolvencia, como por ejemplo el alzamiento o la liquidación apresurada de los bienes del deudor,  la existencia de embargos por ejecuciones pendientes que afecten de forma general al patrimonio del mismo, el impago de obligaciones tributarias durante los tres meses previos al concurso  o el impago de  salarios e indemnizaciones  al personal de la empresa.

Ventajas para quién lo presenta

Solicitar  un concurso necesario frente a un deudor que no puede hacer frente a sus deudas puede tener ciertas ventajas a tener en cuenta. No sólo se trata de poner fin a una situación de impago que se alarga en el tiempo, con el consecuente impacto devastador que esto conlleva para la empresas, sobre todo si se trata de Pymes. También tienen otros privilegios. En Dipcom Corporate ayudamos a las compañías a solicitar concursos de acreedores lowcost y caso tras caso comprobamos que estos son los principales beneficios que obtienen nuestros clientes.

    1. En el concurso necesario los acreedores tienen un privilegio de cobro de una porcentaje importante de su crédito. Esto significa que, en el caso de que no se pueda cubrir la totalidad de los créditos concursales, cobrarán una suma mayor que el resto de acreedores ordinarios. ¿La razón? la Ley  incentiva así el ejercicio de la acción para instar el concurso necesario, dado que considera que la iniciativa de este acreedor ayuda al resto.
    2. Se desplaza a los administradores de la empresa para que los administradores concursales ocupen su lugar.
    3. La presunción de culpabilidad de los administradores de la empresa y la posibilidad de que tengan que responder con su patrimonio personal, en caso de que los bienes de la sociedad sean insuficientes para  hacer frente a las deudas.

Desventajas para quien lo recibe

Los beneficios de unos, suponen las desventajas para la compañía insolvente. Si no se puede llegar a un acuerdo previo, las empresas que padecen el concurso necesario tendrán que atravesar numerosas dificultades.

    1. La suspensión de las facultades del órgano de administración, que es suspendido y sustituido de facto por la administración concursal, les quita el control de su propia empresa.
    2. El concurso se calificará como culpable, esto significa que, en contraste con el concurso voluntario, los acreedores no necesitan probar que los administradores han agravado el estado de insolvencia mediante dolo o culpa. Esto conlleva que si el deudor -la persona jurídica- es incapaz de de satisfacer las deudas, la responsabilidad pasa también a sus administradores, liquidadores o apoderados.
    3. Los administradores de la empresa pueden ver fácilmente embargados sus bienes personales desde el principio del procedimiento, con carácter preventivo, siendo estos una garantía para los acreedores.

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